La Ley del cielo preserva la calidad atmosférica de Canarias con fines científicos y este mes de octubre de 2018 celebrará sus 30 años.

La Ley del Cielo de Canarias fue la primera Ley del mundo diseñada para la conservación del cielo de una zona determinada, en este caso de la isla de La Palma, con el fin de evitar los efectos adversos de la luz artificial. Hoy por hoy, se puede decir que el observatorio del Roque de los Muchachos se ha convertido en un referente mundial para la observación nocturna gracias a esta Ley, según describen en un documento sobre esta pionera normativa Federico de la Paz y Francisco Javier Díaz Castro, miembros de la Oficina Técnica para la Protección de la Calidad del Cielo (OTPC), la oficina del IAC que orienta a los ciudadanos sobre cómo cumplir la ley y controla su aplicación.

Antecedentes

El Gobierno Español a propuesta del parlamento de las Islas, aprobó el 31 de octubre de 1988 la Ley sobre Protección de la Calidad Astronómica de los Observatorios del IAC (Ley 31/1988, pdf) y el 13 de marzo de 1992 el Reglamento que la regula (R.D. 243/1992, pdf).

La ley abarca cuatro aspectos fundamentales:

Aunque formalmente el 31 de octubre 1988 inicia su vida La Ley de Protección de la Calidad Astronómica de los Observatorios del IAC (la "Ley del Cielo"), su período de gestación fue largo y no con pocas dificultades, ya que los astrofísicos llevaban esperando desde el año 1979, fecha en la que España firmó los Acuerdos Internacionales de Cooperación en Astrofísica, la publicación de dicha Ley. Pero aún hubo que esperar un poco más para la verdadera aplicación de la Ley, al 21 de abril de 1992, momento en que se publica el reglamento que regula y desarrolla la Ley 31/1988.

Desde su planteamiento inicial, la Ley de Protección de la Calidad Astronómica de los Observatorios del IAC contemplaba aspectos fundamentales, que se describen a continuación.

1. La contaminación lumínica

Éste ha sido un aspecto primordial dentro de la Ley, pero que sólo protege al Observatorio del Roque de los Muchachos, aunque también afecta a la parte de Tenerife que tiene visión directa con la Palma y, por supuesto, a la propia Isla de la Palma. Aquí ha tenido una aplicación retroactiva, motivo por el cual se ha estado realizando la adaptación de numerosas instalaciones de alumbrado desde el año 1992. La adaptación ha supuesto por una parte la reducción potencial de la contaminación lumínica en un 50% aproximadamente, y por otra un ahorro de 20 millones de pesetas anuales para los ayuntamientos de la Isla en consumo eléctrico.

Para la correcta aplicación de la Ley fue necesario recurrir a diferentes fabricantes de luminarias para que los dispositivos de alumbrado cumplieran con la nueva Ley. Para ello se ensayaron y certificaron una gran cantidad de luminarias a efectos de facilitar a los ingenieros y diseñadores la realización de los proyectos de alumbrado de exteriores de acuerdo con la Ley. En la actualidad se encuentran certificadas 123 luminarias de 15 fabricantes diferentes.

Para el control de la contaminación, la ley prevé que toda nueva instalación de alumbrado de exteriores debe estar acompañada por un informe técnico preceptivo emitido por el IAC, de modo que la nueva instalación cumpla con la normativa. Hasta el momento han sido emitidos 442 informes técnicos a instalaciones de alumbrado. Pero no todas las nuevas instalaciones de alumbrado pasan por el IAC, ya sea por la ilegalidad de las mismas, por ampliaciones de instalaciones existentes o por cualquier otra circunstancia. En consecuencia, desde el año 1994 se denuncian todas aquellas instalaciones que no cumplen con la normativa. Hasta la fecha, se han tramitado 310 denuncias, de las cuales 186 han sido resueltas fruto de 782 inspecciones.

Para un mayor control de los niveles de contaminación existente en los Observatorios del IAC se ha previsto un sistema de medidas de la contaminación lumínica en los dos observatorios. Hasta el momento se han tomado datos de 138 horas de observación en el Observatorio del Teide, en Tenerife, y 198 horas en el Observatorio del Roque de los Muchachos, en La Palma.

Una de las mayores preocupaciones desde la creación de la Ley ha sido su propia difusión, lo cual ha repercutido en todo su desarrollo. Esta preocupación ha llevado consigo que, desde sus comienzos, la Ley se difundiera en numerosos medios de comunicación y que con el tiempo se haya materializado en forma de charlas, ponencias y numerosos artículos. Hasta el presente se han editado un tríptico, un póster, dos cuadernos técnicos y una página en Internet.

2. La contaminación radioeléctrica

Éste ha sido uno de los aspectos de la Ley que, aunque con menores dificultades, no por ello ha sido menos importante. Para el control de la contaminación radioeléctrica se ha llegado a un acuerdo con la Secretaría General de Telecomunicaciones, para la realización periódica de medidas de fondo de radiofrecuencia en ambos observatorios. Además, desde febrero de este año se encuentra operativo un equipo automático de registro de niveles que funciona las 24 horas a fin de detectar frecuencias con niveles superiores a los establecidos por la Ley. Hasta el momento se han emitido 35 informes técnicos y 5 denuncias a instalaciones radioeléctricas que han sido resueltas satisfactoriamente.

3. Rutas aéreas

Este apartado ha sido uno de los mayores logros que ha obtenido el IAC dentro del ámbito de protección de los observatorios, ya que el 17 de mayo de 1998 el espacio aéreo de los Observatorios del IAC fue declarado "Zona de Protección Ecológica", con los mismos efectos prácticos pretendidos desde las primeras negociaciones con la Dirección General de Aviación Civil.

En un principio, la interpretación del área de protección según la Ley era una zona en forma de lápiz de 10 km de diámetro con la punta en los observatorios y, además, aplicable sólo a rutas aéreas establecidas, con ello las rutas a más de 5 km y los vuelos fuera de ruta no estaban previstos en la Ley. Con esta nueva declaración hemos evitado estas deficiencias y protegido eficazmente a los observatorios de cualquier vuelo de aeronaves.

4. La contaminación atmosférica

Este aspecto de la Ley, que limita la instalación de industrias o actividades contaminantes por encima de los 1.500 metros, que parecía ser muy controvertido inicialmente, ha resultado ser el que menos problemas ha suscitado, debido a la ausencia en las Islas de Tenerife y La Palma de industrias potencialmente contaminantes de las que en un principio podría suponerse. Por el momento, no ha habido intenciones de instalar ningún tipo de industria por encima de los 1.500 metros.

Han pasado años desde la publicación de La Ley de Protección de la Calidad Astronómica de los Observatorios del IAC y se han resuelto muchos problemas como la declaración de espacio aéreo protegido, pero aún quedan otros por resolver, como el continuar con la protección de los observatorios de la contaminación lumínica. El IAC inició una nueva forma de entender la iluminación de exteriores que se ha extendido no sólo a nivel nacional, sino a todo el mundo. Así, se han interesado por las ventajas que supone la aplicación de esta ley la Diputación de Cataluña, la Consejería de Medioambiente de la Generalitat de Cataluña, el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y el Parlamento de la Comunidad de Madrid, entre otras instituciones españolas. A nivel internacional, países como Italia, Chile y Grecia han mostrado su interés por aplicar una normativa similar en su territorio; incluso organismos internacionales como la UNESCO, la IDA (International Dark Association) y el Comité Internacional de Iluminación se han puesto en contacto con la OTPC para elaborar recomendaciones encaminadas a evitar la contaminación lumínica.

Iluminar adecuadamente significa ahorro y cielos limpios, y debemos entender que estos cielos limpios no sólo son un recurso para los científicos, sino un patrimonio para la humanidad y el paisaje más inmenso que podemos admirar.

Fuente: Banco de imágenes del Gobierno de Canarias Brand Centre

 

Enlaces relacionados:

Oficina Técnica para la Protección de la Calidad del Cielo

1998: http://www.iac.es/gabinete/iacnoticias/1-98/ley.htm

Ley del Cielo: http://www.iac.es/eno.php?op1=4&op2=10

 

 
 
 

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